Desde el pasado 2012 la caída del Euribor ha dado lugar a la bajada de la cuota de numerosas hipotecas en nuestro país. Sin embargo, existen un gran número de casos que no se han beneficiado de estas bajadas del Euribor precisamente por la existencia de una cláusula suelo en su hipoteca. Ante esta situación el Tribunal Supremo ya se ha pronunciado en varias ocasiones y ha declarado que las cláusulas suelo son nulas al considerarse abusivas. Asimismo ha considerado que se tiene derecho a la devolución de las cantidades abonadas cuando en las mismas se ha aplicado la cláusula suelo.
¿Qué es una cláusula suelo?
Las denominadas “clausulas suelo” —limitativas de la variación del tipo de interés— son muy habituales en los préstamos hipotecarios, estando incluso previstas expresamente en la normativa de transparencia siempre que resulte de un acuerdo expreso entre las partes, y se encuentre debidamente recogida en el contrato. Si bien se entiende que las entidades bancarias deben poder acreditar que los clientes conocían su existencia con anterioridad a la firma de los documentos contractuales.
¿Cómo se si mi hipoteca puede tener una cláusula suelo?
Lo primero que podemos hacer para saber si tenemos una cláusula suelo es coger un recibo del banco y ver qué tipo de interés nos están aplicando. Hemos de tener en cuenta que el Euribor a cierre del mes de febrero es de 0 puntos, por tanto tan sólo se nos puede aplicar el tipo diferencial que firmamos en nuestra hipoteca (lo podemos comprobar en la escritura de la hipoteca). Si el tipo de interés aplicado es superior, tendremos una cláusula suelo.
Si hemos comprobado que el tipo que el banco nos está aplicando es superior al que debemos abonar, lo primero es ponernos en manos de profesionales. En DGA Abogados realizaremos todo el procedimiento para conseguir la eliminación de la cláusula abusiva y, además, la devolución de todas las cantidades pagadas de más.
Por tanto, para poder comprobar la aplicación de una cláusula suelo necesitamos tener presente la escritura de constitución de la hipoteca y los recibos bancarios pagados o, al menos, un informe detallado con los tipos de interés aplicados durante la vigencia del préstamo (lo puede facilitar vuestro banco sin problema).
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